Por: Mag. Angel Vásquez, Licenciado en Administración
1. Introducción
La entrada en vigencia de la Ley N° 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, ha significado un avance importante en la modernización y transparencia del marco normativo que rige las contrataciones públicas en Perú. Entre sus principales innovaciones se encuentran la incorporación de nuevos procedimientos, modalidades diferenciadas y cambios en los mecanismos de evaluación, especialmente en relación con cómo se seleccionan y califican los proveedores. Este artículo analiza aspectos relevantes de los procedimientos de selección establecidos en la nueva normativa, con énfasis en los criterios de evaluación económica y técnica, así como en las etapas del proceso de contratación.
1. Los Procedimientos de Selección: Nuevas Modalidades
y su Aplicación
La normativa introduce una variedad de procedimientos
que buscan garantizar mayor participación, competencia y eficiencia. Entre
ellos, destacan:
- Procedimientos
con precalificación: Son utilizados cuando se requiere establecer
previamente quiénes cumplen con los requisitos mínimos para participar en
la evaluación de ofertas técnicas y económicas. La precalificación puede
ser pura y simple, sin negociación ni diálogo, y se aplica en procesos
específicos, como licitaciones públicas para bienes especializados (>2
millones de dólares) bajo sistemas como entrega de llave en mano.
- Procedimientos
sin modalidad: Son
utilizados en contrataciones de servicios diversos, donde el anuncio es
opcional, y las etapas incluyen apertura, evaluación y posible elevación
de consultas. Como ejemplo, el concurso público para consultorías de
mantenimiento se realiza sin distintivo reglamentario, considerando el
objeto y la cuantía establecida.
- Licitación
pública para obras: Es aplicable en obras con sistemas de entrega
de solo construcción, diseño-construcción, o mantenimiento, y un
presupuesto menor a 79 millones de dólares (según regulación del sector
público). El proceso tiene reglas específicas para su uso, incluyendo la
posibilidad de un proceso abreviado en casos de emergencias o segundas
convocatorias.
- Procedimientos
abreviados y otros casos especiales: Para adquisiciones de bienes tras emergencias o
desastres, y en convocatorias repetidas, se establece el uso de
licitaciones públicas abreviadas, con parámetros más específicos y con
mayores controles para casos especiales.
2. La Evaluación de Ofertas: Evaluación Simultánea
versus Posterior
Un aspecto fundamental en los procedimientos regulados
por la Ley N° 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas, es la forma en
que se realiza la evaluación económica y técnica de las ofertas presentadas.
Existen dos enfoques principales:
- Evaluación
económica simultánea: Consiste en evaluar de manera conjunta los
aspectos técnicos y económicos en un solo proceso, asignando un puntaje
único que refleje la valoración integral de la propuesta. Es decir,
técnicos y económicos se consideran al mismo tiempo, proporcionando una
decisión más holística y eficiente, permitiendo identificar la mejor
oferta que combine calidad y precio en una sola etapa.
- Evaluación
económica posterior: La evaluación de criterios económicos se
realiza luego de la valoración técnica, en una fase separada, solo después
de que la propuesta técnica haya sido aprobada con un puntaje mínimo. Este
proceso secuencial garantiza que solo las ofertas técnicamente calificadas
pasen a la evaluación del precio, priorizando la calidad y reduciendo
riesgos de escoger propuestas con deficiencias técnicas.
El tipo de evaluación elegido puede variar según el
procedimiento y el objeto de contratación; sin embargo, la tendencia actual
favorece la evaluación simultánea por su eficiencia y transparencia.
3. Características de la Fase de Evaluación y
Participación de los Proveedores
La fase de evaluación en los nuevos procedimientos se
estructura en varias subetapas, incluyendo:
- Presentación
de ofertas:
Puesto que los procedimientos pueden ser públicos o restringidos, la
participación puede estar abierta, cerrada o mediante listas de
invitación, según las reglas establecidas.
- Verificación
de condiciones de admisión y requisitos de calificación: Se revisan aspectos formales
y sustantivos para asegurar que las propuestas cumplen con los requisitos
mínimos y las condiciones de participación definidas en las bases del
proceso.
- Evaluación
técnica y económica: Se realiza la valoración conforme a los
parámetros establecidos, con la posibilidad de liberar recursos o elevar
consultas al Órgano Supervisor para resolver controversias.
Además, los procedimientos permiten la elevación de
consultas y observaciones, fortaleciendo la transparencia y la seguridad
jurídica del proceso.
4. La Participación del Evaluador y las Bases de
Contratación
La responsabilidad de conducir cada procedimiento
recae en un evaluador que puede ser un oficial de compra, un comité o un
jurado, dependiendo del monto y complejidad del proceso. La elaboración y
aprobación de las bases de contratación se hacen en base a bases estándar
emitidas por la Dirección General de Abastecimiento Público, lo que garantiza
uniformidad y transparencia en los procedimientos.
Las actuaciones preparatorias, como la formulación de
requerimientos y consultas, son unilaterales e internas, mientras que en la
fase de selección, la participación de los proveedores se activa con la
presentación y defensa de sus ofertas.
5. La Programación y Gestión de las Contrataciones
Públicas
Otro aspecto innovador es el cambio en la regulación
de la programación de contrataciones. La Ley N° 32069 – Ley General de Contrataciones
Públicas, delega en la Dirección General de Abastecimiento Público la
regulación del plan anual y del cuadro multianual de necesidades a través de
directivas, dejando de lado la regulación directa en la Ley. Esto busca mayor
flexibilidad y especialización en la gestión del ciclo de contratación.
Conclusión
La Ley N° 32069 – Ley General de Contrataciones
Públicas, marca un avance importante en la regulación de las contrataciones
públicas, introduciendo nuevos procedimientos, modalidades y mecanismos de
evaluación que priorizan la participación, la transparencia y la eficiencia. La
distinción entre evaluación simultánea y posterior, así como la variedad de
procedimientos adaptados a diferentes contextos, fortalecen la capacidad de las
entidades públicas para seleccionar a los mejores proveedores en función de
criterios técnicos y económicos adecuados. La implementación efectiva de estas
disposiciones contribuirá a mejorar la gestión pública y garantizar el uso
eficiente de los recursos del Estado en beneficio de la población.
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